miércoles, 12 de noviembre de 2008

Comunicado PLC

Magistrados del
CONSEJO SUPREMO ELECTORAL
Oficinas Centrales de Las Palmas
Managua, Nicaragua

Yo, Wilfredo Navarro Moreira, mayor de edad, casado, abogado y de este domicilio, con cedula de identidad, 001-160151-0018B, en mi calidad de Representante Legal de Alianza PLC, ante ustedes comparezco y expongo:

1. Mi representada, Partido Liberal Constitucionalista denuncia una vez más las violaciones sistemáticas del proceso electoral, desarrolladas antes, durante y después de las elecciones del 9 de noviembre. Las cuales se manifestaron desde la misma convocatoria que el CSE realizara arbitrariamente. La aprobación del calendario electoral; el Código de Ética electoral que no fue consultado con los partidos políticos, violando el art. 13 de la Ley Electoral. por la conformación de las diferentes estructuras del Consejo Supremo Electoral: CED, CEM y JRV de forma arbitraria para favorecer al partido FSLN.

Así mismo, creó un clima de desconfianza en el proceso electoral la negativa obstinada del CSE, a pesar de la objeciones de algunos de sus miembros, y la demanda del pueblo nicaragüense al no permitir la observación electoral nacional e internacional de organismos de gran prestigio, como la Organización de Estados Americanos (OEA), el Centro Carter, la Unión Europea, Ética y Transparencia, la Comisión Permanente de Derechos Humanos (CPDH) e IPADE, que han acompañado el proceso de construcción democrática desde 1990.

Todas estas acciones del CSE han violado los derechos fundamentales de las ciudadanas y los ciudadanos, al no permitirles el derecho al sufragio en el marco de un proceso transparente, libre, participativo y competitivo. Además, el CSE permitiendo todas las anormalidades denunciadas, ha parcializado y desnaturalizado sus funciones constitucionales para favorecer a uno de los partidos en contienda, el partido en gobierno el FSLN.

2. Queremos señalar además algunas de las múltiples violaciones a Ley Electoral que se realizaron durante la votación del 9 de Noviembre recién pasado. entre los que se destacan,


a. Obstáculos a la acreditación de nuestros fiscales, la falta de acreditación en unos y la acreditación errada de los datos en otros;

b. Expulsión de la JRV de nuestros fiscales, y en muchos casos del mismo Centro de Votación,

c. Constitución ilegal de JRV por miembros de mesas que no llenaban los requisitos que establecen los art. 7, 8 y 24 de la Ley Electoral,

d. Cierre anticipado de las JRV contraviniendo el art. 144 de la Ley Electoral,

e. Presencia de los policías electorales dentro del local de la votación, violentando el art. 120, Inc. 9 de la Ley Electoral,

f. Conformación de JRV fuera de los Centros de votación autorizados por el CSE;

g. Acción dolosa de las autoridades electorales enviando las maletas electorales del sector urbano al sector rural y viceversa;

h. Impidiendo el carácter secreto del voto de las personas discapacitadas que define el art. 189 de la Ley Electoral obligándolos a hacerse acompañar por un policía electoral y no por la persona de su confianza;

i. Detenciones y encarcelamientos de fiscales para impedir sus funciones conforme la ley;

j. Los Presidentes de las JRVs no entregaron los formatos para interponer los recursos de impugnación, quejas y reclamos, violentando el art. 121, ultimo párrafo de la Ley Electoral. Esto conllevó a que nuestros fiscales no pudieran ejercer el derecho de interponer el recurso de impugnación por nulidades de JRV o por validez e invalidez del voto y revisión aritmética del acta;

k. Los Presidentes y miembros de las JRVs no permitieron la aplicación de los artos. 41 y 116 de la Ley Electoral, que mandata que aquellas personas que no estaban en el padrón electoral o resultare escrito en forma distinta de la que contiene el documento de identidad, debieron aceptar EL EJERCICIO DEL SUFRAGIO;

l. Así mismo en su momento, las estructuras del CSE desconocieron las objeciones respecto a la demarcación y ubicación de la CV y JRV que en tiempo y forma fueron formuladas por mi representada;

m. Expulsión de las JRVs de personas que concurrieron a ejercer su derecho al voto, a pesar de que llenaban los requisitos de Ley;

n. Obstaculización de sus funciones en el día de la votación a nuestros fiscales de ruta, de fiscales del centro de votación, de la JRV, y los fiscales de las diferentes áreas de los centros municipales, departamentales y nacionales de cómputos;

o. Anulación de credenciales de fiscales en general aduciendo faltas ortográficas o alteración de nombres o números de datos de dicha acreditación contra cédula; violación del material electoral como por ejemplo, la apertura de la maleta electoral principal y auxiliar antes de que se haya constituido la Junta; anulación masiva en todo el Pais, del voto ciudadano, haciendo uso de mecanismos ilegales y espurios por parte de los funcionarios de la JRV que estaban totalmente controladas por el partido FSLN

p. Cierre arbitrario del centro nacional de cómputos impidiendo la inspección física de las actas de escrutinio, y con esto completando el circulo de conteo, sólo para el partido del FSLN violando el art. 123 de la Ley Electoral;

3. Por todas las violaciones denunciadas, mi representada la Alianza-PLC, desconoce totalmente los actuales resultados provisionales dados a conocer por el Presidente del CSE, Lic. Roberto Rivas y su Vicepresidente, el Coronel en retiro, Emett Lang, y por ello exije una revisión y recuento total de todas las Actas y boletas electorales de las JRV del país. Todo bajo la adecuada observación de organismos nacionales e internacionales que permita una autentica auditoría electoral de los verdaderos resultados, para que se respete la voluntad popular expresada en las urnas el pasado 9 de noviembre, la que pretende ser violentada por el CSE y el partido de gobierno FSLN. La actual situación provocada, ha generado un asalto a la institucionalidad y una grave crisis de gobernabilidad que puede traducirse en un derrumbe o parálisis de las instituciones y generar una descomposición social y económica del país.

WILFREDO NAVARRO MOREIRA
Representante Legal de la Alianza PLC
Cedula de Identidad No 001-160151-0018B

Secretaría de Prensa y Divulgación - Vocería Nacional
Partido Liberal Constitucionalista

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